Tres trabajadores de una empresa son sancionados
Enma, Pedro y Vicente trabajan en una empresa de tu sector en tu localidad.
Enma se llevó un portátil y un proyector (sin permiso de la misma), el pasado fin de semana, para poner un pase de fotografías en su cumpleaños.
Pedro, ha simulado una enfermedad para hacer unas reparaciones en su casa.
Vicente, ha llegado tarde en tres ocasiones, este mes, al trabajo.
Encuentra el Convenio Colectivo que se aplica a un trabajador que preste sus servicios en tu localidad, en una empresa del sector que tú quieras.
Convenio Colectivo para la actividad de oficinas y despachos de Salamanca. Años 2018-2020. (Boletín Oficial de Salamanca núm. 69 de 10/04/2018)
Convenio o Acuerdo: OFICINAS DESPACHOS
Busca la información que necesitas en el Convenio Colectivo para contestar las siguientes preguntas sobre las sanciones que puede imponer el empresario a Enma, Pedro y Vicente:
A)¿Qué sanciones puede imponerles el empresario?
Enma: La falta que tiene Enma está considerada como una falta grave. Por lo tanto las sanciones que le podrá imponer su empresario serán:
- Suspensión de empleo y sueldo de hasta veinte días.
- Traslado forzoso a población distinta de la residencia habitual del empleado, por un plazo máximo de tres años, dentro de la misma provincia. A estos efectos no se computarán las suspensiones del contrato de trabajo.
- Inhabilitación temporal, por plazo de hasta dos años, para pasar aniveles superiores.
Pedro: La falta que tiene Pedro está considerada como una falta muy grave, por lo que las sanciones que su empresario podrá imponerle son:
- Suspensión de empleo y suelo de hasta seis meses.
- Traslado forzoso a población distinta a la residencia habitual del empleado.
- Inhabilitación temporal por plazo de hasta cuatro años, para pasar a niveles superiores.
- Despido.
Vicente: La falta que comete Vicente, está considerada como una falta leve. Por lo que su empresario podrá imponerle las siguientes sanciones:
- Amonestación verbal
- Amonestación por escrito.
- Suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
B) ¿Qué plazo de prescripción tienen las mencionadas sanciones?
Las faltas leves, es decir, la que cometió Vicente, prescribirán a los diez días.
Las faltas graves, como la de Enma, prescriben a los veinte días.
Y las faltas muy graves, como la que cometió Pedro, prescribirán a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.
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